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Reforma fiscal y ajuste fiscal

Estamos dejando atrás un sistema complejo y absolutamente obsoleto, diseñado para una economía analógica de los años 50 y que ya no interactúa con la economía digital del siglo XXI

Por Eduardo Maneira
Socio de Maneira Advogados, profesor de derecho tributario de la UFRJ; director de la Asociación Brasileña de Derecho Financiero.

Con la promulgación del CE 132/2023, la reforma del impuesto al consumo es una realidad que debe y merece ser celebrada, sin perder de vista los numerosos desafíos que aún enfrentaremos hasta su implementación efectiva. La regulación y el largo período de transición requerirán dedicación, mucho diálogo y consenso entre el Ejecutivo, el Legislativo y los contribuyentes.

Los críticos de la reforma tributaria dicen, entre otras cosas, que tendremos el ICMS más alto del mundo, con una tasa del 26,5%. No hay nada nuevo en esto porque ya tenemos los impuestos al consumo más altos del mundo: IPI (no acumulativo), ICMS (no acumulativo y monofásico), ISS (acumulado), PIS y COFINS (acumulado y no acumulativo) con diferentes reglas no acumulativas; cuando se suman todas las incidencias, pueden fácilmente superar la tasa de nuestro ICMS dual, es decir, el Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS) y la Contribución sobre Bienes. y Servicios (CBS).

Lo importante es que estamos dejando atrás un sistema complejo y absolutamente obsoleto, diseñado para una economía analógica de los años 50 y que ya no interactúa con la economía digital del siglo XXI. Con la reforma acercamos nuestro modelo de fiscalidad al consumo al de prácticamente todos los países del mundo occidental.

En 2016, India introdujo un IVA dual similar al nuestro. Luego de su implementación, se observaron impactos sociales y económicos muy positivos, lo que permite afirmar que el crecimiento posterior de su PIB fue reflejo de la implementación del ICMS dual. También se observó una reducción de los costos de administración y cumplimiento; reducción de incidencias superpuestas y reducción de beneficios fiscales.

Cabe destacar que, en paralelo al grupo de trabajo sobre reforma tributaria (ahora en fase regulatoria), la agenda del gobierno y del Congreso debe abordar otro tema de extrema urgencia para Brasil: la necesidad de promover un ajuste fiscal de las cuentas públicas.

El gobierno federal, presionado por tales circunstancias, ha adoptado medidas para aumentar la carga tributaria en el corto plazo, generando malestar y reacciones negativas del mercado, con por ejemplo: a) la MP 1.227/2024, que creó varias restricciones al disfrute de beneficios fiscales provenientes de impuestos y compensaciones federales, lo que llevó al presidente del Senado a devolver la citada MP; b) el intento de restitución de la nómina con la MP 1202/2023, seguido de la presentación de la ADI 7.633/DF, buscando la inconstitucionalidad de la Ley 14.783/2023, suspendiendo el STF la vigencia de dicha ley por 60 días para que se impulse un acuerdo sobre la materia; c) restricciones al pago de JCP por la Ley 14.783/23; d) modificaciones a las normas de subsidio a la inversión mediante la Ley 14.789/23.

Los recientes episodios de cambios en la legislación tributaria han creado incertidumbre en el entorno económico y costos significativos para las empresas brasileñas. La reforma fiscal es crucial para el desarrollo del país a largo plazo porque, como muestra la experiencia india, la implementación de un sistema de impuestos completos no acumulativos, menos costosos y más justos, se refleja directamente en el PIB nacional.

Espero que las medidas de recaudación de impuestos a corto plazo que generan inseguridad jurídica no puedan comprometer los efectos positivos de la plena implementación de la reforma tributaria, que hará que Brasil sea más competitivo para atraer inversión extranjera.

*Eduardo es socio de Maneira Advogados, profesor de derecho tributario de la UFRJ; director de la Asociación Brasileña de Derecho Financiero.

https://www.correobraziliense.com.br/direito-e-justica/2024/08/6910346-visao-do-direito-reforma-tributaria-e-ajuste-fiscal.html

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