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  • Donovan Lessa comenta sobre la sentencia VALOR en el STF que discute la aplicación de multas por compensaciones indebidas

Informe publicado en el periódico Valor Econômico informa que el STF decidirá esta semana si las autoridades tributarias pueden cobrar una multa del 50% sobre los montos de devolución, reembolso o compensación fiscal considerados indebidos por concepto de compensación indebida. El informe destacó el comentario del Dr. Donovan Mazza Lessa sobre el tema.

El STF decide si las autoridades tributarias pueden cobrar una multa del 50 % por compensación indebida

El impacto para la Unión será de R$ 32 mil millones si los ministros impiden el cargo

Por Joice Bacelo
Río

Foto: Nelson Jr,/SCO/STF

El Supremo Tribunal Federal (STF) decidirá, la próxima semana, el proceso que discute la aplicación de una multa del 50% sobre los montos de devolución, reembolso o compensación fiscal considerados indebidos por la Hacienda Federal – la llamada multa aislada. Esta es una disputa costosa para la Unión. Se perderán R$ 32 mil millones si ya no puede aplicar el castigo.

Los contribuyentes impugnan esta multa porque ya están sujetos a la aplicación de otra multa, la multa por demora. Cuando el contribuyente entiende que tiene derecho a un crédito contra la Unión por pagos realizados en exceso, puede realizar una compensación, es decir, utilizar este crédito para pagar los impuestos corrientes, de manera administrativa.

La Hacienda Federal tiene un plazo de cinco años para validar esta operación. Si se entiende que dicho crédito no era exigible, no se aprobará la compensación. La deuda que se había pagado con el crédito sigue pendiente y sobre estos importes se aplican dos multas: la multa por demora – 20% – y la multa aislada, 50%.

Doble castigo

Según los abogados, esto supone un doble castigo para el contribuyente y acaba impidiendo la compensación. La multa del 20%, afirman, sería una sanción suficiente.

“La multa del 50% por simplemente no aprobar la compensación, sin identificar una conducta maliciosa por parte del contribuyente, viola directamente los principios de proporcionalidad, razonabilidad y no confiscación”, dice Donovan Mazza Lessa, socio de Maneira Advogados.

Oportunidades

“La mayoría de las decisiones actuales, de jueces y tribunales regionales, son favorables a los contribuyentes. Y, además, el relator del Tribunal Supremo también aceptó la tesis”, observa el experto fiscal Leonel Martins Bispo, de la firma Bispo, Machado e Mussy Advogados, apostando por una victoria de los contribuyentes.

Cita al relator, Ministro Edson Fachin, porque este caso ya fue discutido en el Pleno Virtual de la Corte. Fue en abril del año pasado. Fachin abrió el juicio con un voto en contra de la imposición de la multa y, posteriormente, el ministro Gilmar Mendes pidió ser visto, suspendiendo las discusiones.

Al mes siguiente, Luiz Fux, presidente de la Corte, presentó una destacada solicitud, trasladando el caso del Plenario Virtual a un juicio presencial. Cuando esto sucede, las discusiones vuelven al punto de partida. Los abogados vuelven a presentar argumentos orales y todos los ministros votan, incluso aquellos que ya habían tomado una posición (y que incluso pueden cambiar de posición).

Ese juicio está programado para el jueves. Hay dos actuaciones: ADI 4.905 y RE 796939.

https://valor.globo.com/legislacao/valor-juridico/coluna/stf-decide-se-fisco-pode-cobrar-multa-de-50percent-sobre-compensacoes-indevidas.ghtml

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