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  • Anna Berredo comenta en Estadão sobre la entrada en vigor de las sanciones LGPD

A partir del 1 de agosto entrarán en vigor las nuevas sanciones administrativas de la LGPD. Para discutir el asunto, ESTADÃO escuchó a varios expertos, entre ellos la Dra. Anna Luiza Berredo, socia del área de TMT, Privacidad y Protección de Datos de Maneira Advogados. Evalúa que “es muy importante entender que este modelo regulatorio busca un equilibrio entre incentivos positivos y negativos, incorporando al mismo tiempo el principio de gestión basada en riesgos como guía para las propias actividades de la ANPD”.

La falta de metodología para aplicar multas y sanciones LGPD a las empresas preocupa a los abogados


Las sanciones impuestas por la nueva legislación entran en vigor el próximo domingo 1 de agosto para las personas jurídicas


Escritura

28 de julio de 2021

A partir del 1 de agosto entrarán en vigor las sanciones administrativas de la LGPD (Ley General de Protección de Datos Personales). A partir de esa fecha, la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD) podrá aplicar las medidas previstas por la ley a las empresas que no cumplan.


La LGPD entró en vigor el 18 de septiembre de 2020. Sin embargo, sus multas y sanciones comienzan a aplicarse a partir del segundo semestre de 2021. Foto: Unsplash

Aunque el plazo ya se está agotando, muchas empresas y organismos públicos aún no se han adaptado del todo a los requisitos de la LGPD. Según Juliano Maranhão, socio de Sampaio Ferraz Advogados y director del Instituto LGPD, todavía quedan varios temas por regular por parte de la ANPD. “Sería beneficioso si, en este inicio y período de implementación de la cultura de protección de datos, la ANPD adoptara una dosimetría de sanciones más leve, con carácter educativo”, dice Maranhão.

Los días 15 y 16 de julio, la ANPD realizó audiencias públicas para discutir el proyecto de resolución sobre inspección y aplicación de sanciones por parte de la Autoridad Nacional, proyecto que ya había pasado por un proceso de consulta pública en junio de este mismo año.

Para Anna Luiza Berredo, socia del área de TMT, Privacidad y Protección de Datos de Maneira Advogados, la ANPD busca debatir, de manera transparente, cuáles serían los mecanismos adecuados de inspección y sanción capaces de garantizar la sensibilización de las empresas. "Es muy importante entender que este modelo regulatorio busca un equilibrio entre incentivos positivos y negativos incorporando el principio de gestión basada en riesgos como guía para las propias actividades de la Autoridad, ya sea en su competencia normativa, interpretativa, supervisora o educativa. Todos los agentes que procesan datos personales deben adoptar programas de cumplimiento en línea con este movimiento en la política regulatoria", destaca.


Anna Luiza Berredo, socia del área de TMT, Privacidad y Protección de Datos de Maneira Advogados. Foto: Divulgación.

AbogadoMarcelo Cárgano, del área de regulación y protección de datos personales de Abe Giovanini Advogados, observa los pros y contras del borrador. Destaca la posibilidad de que el acusado presente una propuesta para firmar un acuerdo de ajuste de conducta (TAC), pero también lo critica. "El proyecto trae varios puntos positivos, sin embargo, entiendo que el proyecto presentado no cumple con lo establecido en el artículo 53 de la LGPD, no definiendo, por ejemplo, ninguna metodología a utilizar para aplicar las multas, ni cuáles serían las circunstancias agravantes y atenuantes de la sanción", afirma.

Para el abogado Eber de Meira Ferreira, de la firma Peluso, Stupp e Guaritá Advogados, la entrada en vigor de las sanciones administrativas derivadas de la LGPD marca la plena vigencia de la Ley General de Protección de Datos. Explica que “se podrán aplicar sanciones administrativas por el mero incumplimiento de lo dispuesto en la Ley en la forma de tratamiento de datos personales, incluso si no existe ningún incidente de fuga de datos”.

En evaluación deMárcio Chaves, socio responsable del área de Derecho Digital de Almeida Advogados, “tenemos los componentes para una tormenta perfecta: incidentes reportados diariamente, incluido ransomware; una ley vigente desde hace casi un año, con varias obligaciones ya exigidas; clientes que exigen sus derechos, acciones legales; compensaciones; y ahora, la aplicación de multas”. Chaves dice que a pesar de todos estos acontecimientos, todavía es posible ahorrar dinero con ajustes ahora. “Un buen motivo para que las empresas realicen el ajuste proviene de la posibilidad de acogerse a créditos PIS/Cofins sobre los gastos incurridos con la implantación de la LGPD, lo que puede suponer hasta un 10% de ahorro en las arcas de las empresas”, explica.

“El hecho es que este trabajo ya debería estar bastante maduro a estas alturas, ya que no sólo las medidas de cumplimiento requieren tiempo para ser implementadas, sino que el resultado principal, es decir, la incorporación de la cultura corporativa de protección de datos, necesita tiempo para alcanzar un nivel razonable”, evalúa Luiza Sato, socia del área de protección de datos, derecho digital y propiedad intelectual de ASBZ Advogados. "La expectativa no es imponer inmediatamente multas enormes u otras sanciones, sino más bien aumentar la conciencia de las empresas y los titulares de datos sobre las normas LGPD, lo que debería impulsar considerablemente las actividades de cumplimiento en la segunda mitad de 2021. Por ejemplo, en el escenario de fusiones y adquisiciones, ya estamos viendo muchos casos en los que se exige a las empresas objetivo que cumplan con las normas de protección de datos", añade.

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