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  • Entra en vigor programa que exime al sector de eventos para combatir la crisis provocada por la pandemia

El 18 de marzo, una edición extra del Diario Oficial de la Unión (DOU) publicó la promulgación de las partes vetadas de la Ley nº 14.148/2021, que estableció el Programa de Emergencia para la Reanudación del Sector de Eventos – PERSE, fundamental para la reanudación del segmento más afectado por la pandemia de coronavirus.

Con esto entró en vigor la propuesta de desgravación fiscal para las empresas del sector, con exención de impuestos como el PIS/Pasep, Cofins, la Contribución Social sobre el Beneficio Neto (CSLL) y el Impuesto sobre la Renta de las Empresas (IRPJ), durante 60 meses.

Cabe señalar que los beneficiarios de la exención se determinarán exclusivamente con base en los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) de las personas jurídicas.

Es fundamental que el primer procedimiento sea consultar a expertos en el tema antes de tomar cualquier decisión. Ninguna obligación tributaria principal o accesoria debe cumplirse sin una opinión técnica de un profesional de confianza o motivada por una decisión judicial (con o sin depósito judicial), consulta tributaria, disposición contable tributaria o pronunciamiento específico de la Receita Federal de Brasil (RFB).

Por lo tanto, estamos disponibles para analizar los impactos de la nueva ley y ayudarlo a implementar lo que sea necesario.

https://bit.ly/3JAnHss

Bruno Lacerda y Marcela Guerra | Equipo de Impuestos

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